BASES LEGALES DEL CONCURSO #SergioRRSoccer
1. Organizador / promotor del concurso
FUTEX 2015, S.L., con domicilio social sito en la calle de Alcalá, 73, código postal 28013 de Madrid, y CIF B-86728011, (en adelante “el Organizador”), organiza el concurso #SergioRRSoccer (en adelante, “el Concurso”).
2. Objeto del Concurso
El objeto del presente Concurso es fomentar la interacción y participación con los seguidores del intermediario FIFA René Ramos García en la red social Twitter.
3. Fechas del Concurso
El período de vigencia del Concurso abarca del 27 al 28 de diciembre de 2016, ambos incluidos.
El nombre del participante que resulte ganador se dará dentro de las 48 horas siguientes a la finalización de la vigencia del Concurso.
Comunicación del Concurso
La dinámica y el inicio del Concurso serán comunicados a través del perfil de René Ramos en la red social Twitter (https://www.twitter.com/ReneRamos) acompañando dicha comunicación de un acceso directo a estas bases legales, que serán publicadas en una página del sitio web https://rr-socceragency.com/bbllaccionsergiorrsoccer/
El Concurso podrá ser igualmente comunicado a través de otros canales oficiales asociados a René Ramos o a Sergio Ramos, sin que la publicación en éstos sea condición para la validez del mismo.
4. Premio
El Concurso tendrá un ganador, elegido de conformidad con la mecánica y condiciones estipuladas en estas bases.
El premio consistirá en el envío de una camiseta firmada por el futbolista profesional Sergio Ramos, cuyo valor es inferior a trescientos euros (300,00€).
Los ganadores no tendrán derecho a solicitar la sustitución del premio por cualquier tipo de compensación económica.
El premio será de naturaleza personal e intransferible.
5. Reglas de participación
La participación en este Concurso tendrá un carácter completamente gratuito, y no quedará sujeta a ninguna condición, más allá del cumplimiento de lo estipulado en estas bases.
Podrán participar en este Concurso todos aquellos usuarios de Twitter mayores de 14 años de edad, que tengan la condición de “followers” o seguidores del perfil de René Ramos de acuerdo a la dinámica de la misma red social, sin que se establezca limitación alguna en relación con el ámbito geográfico.
El Organizador tiene derecho, a su total discreción, a modificar el ganador, a no asignar el premio y/o dejar desierto el premio en caso de que se vulnere lo dispuesto en las presentes bases legales.
No se tendrán en cuenta las publicaciones realizadas por perfiles robot y / o que revistan un carácter ofensivo, soez o contrario a las normas del decoro, ni aquéllas que denigren o minusvaloren a cualquier individuo o comunidad.
Para la participación en el presente Concurso, los usuarios tendrán que cumplir todas las condiciones mencionadas en esta cláusula.
6. Mecánica del Concurso
Los participantes deberán publicar un mensaje en la red social Twitter, respondiendo a su vez al mensaje que comunique el inicio del Concurso de acuerdo a lo estipulado en estas bases, formulando una pregunta dirigida al futbolista profesional Sergio Ramos. El mensaje deberá incorporar la mención al perfil de René Ramos en la misma red social (@ReneRamos).
El perfil oficial de Twitter de los participantes habrá de ser abierto y éstos deberán tener accesible el contacto vía mensaje privado.
Una vez finalizado el período de vigencia del Concurso, entre todas las publicaciones compartidas por los usuarios que cumplan las condiciones de participación, un jurado constituido por el Organizador y del que formará parte el propio Sergio Ramos elegirá al ganador, de acuerdo con la originalidad y el enfoque de la pregunta contenida en la referida publicación. Esta decisión será definitiva y no admitirá ningún tipo de reclamación.
La pregunta formulada por el ganador y seleccionada por el jurado formará parte de una publicación en el sitio web https://www.rr-socceragency.com/ que incluirá las respuestas del futbolista profesional Sergio Ramos a una serie de cuestiones en forma de entrevista.
La comunicación relativa al ganador del Concurso se hará a través de una publicación en el perfil de René Ramos en la red social Twitter, mencionando el “Nick” o el nombre en Twitter del ganador.
El ganador será contactado a través de mensaje privado en su perfil de Twitter comunicándole los pasos a seguir. En todo caso, deberá enviar un e-mail a la dirección info@rr-socceragency.com en el plazo de 24 horas a partir de la comunicación indicada anteriormente, confirmando la aceptación del premio e indicando los siguientes datos: nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento, dirección de correo postal y e-mail.
En el caso de que, transcurrido el plazo anterior, el ganador no hubiera enviado el e-mail solicitado o hubiera renunciado al premio, el Organizador del Concurso se reserva el derecho a dejar el premio desierto, o bien proceder a seleccionar un nuevo ganador, perdiendo el anterior ganador su derecho a reclamar el premio.
Asimismo, el Organizador se reserva el derecho de publicar otras preguntas participantes en el Concurso, aunque las mismas no resultaren ganadoras.
7. Facultades del Organizador
El Organizador se reserva el derecho de descartar las participaciones que pueda considerar fraudulentas así como las que no reúnan los requisitos y condiciones establecidas en las presentes bases legales, sin asumir ningún tipo de responsabilidad.
El participante acepta que, como resultado, no recaerá ninguna responsabilidad sobre el Organizador, y que el ejercicio de tal criterio no acarreará el pago, ni la obligación de pago, o de compensación alguna a ningún participante.
Asimismo, se reserva la facultad de suspender, prorrogar o cancelar el presente Concurso cuando concurran causas técnicas que provocaran que no se pudiera garantizar el funcionamiento adecuado del mismo o por cualquier otro motivo organizativo o de fuerza mayor, así como modificar la naturaleza de las bases legales, del Concurso y/o del premio, así como cualquier otra circunstancia relativa a los mismos, y a su libre discreción.
La eventual nulidad, anulabilidad o ineficacia de alguna de las cláusulas del presente documento surtirá efectos en relación únicamente a tal cláusula en concreto, manteniéndose en todo la vigencia de las restantes, y sustituyéndose las anuladas o declaradas nulas o ineficaces, en su caso, por otras.
La totalidad de los derechos relacionados con el Concurso son propiedad única y exclusivamente del Organizador. Está prohibido reproducir información y datos de cualquier tipo en cualquier formato o usarlos de cualquier manera sin el previo consentimiento y por escrito del Organizador. El Organizador se reserva el derecho de denegar su consentimiento a su entera discreción.
8. Política de privacidad y protección de datos
Los participantes aceptan, mediante su participación en el Concurso, que las publicaciones, mensajes, contenidos de cualquier tipo y comentarios publicados en Twitter serán compartidos con el resto de usuarios. La participación supone, igualmente, la aceptación de las reglas de Twitter.
De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal («LOPD») y sus normas de desarrollo, y la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (“LSSICE”), los participantes aceptan que los datos personales que faciliten en cualquier momento por causa de su participación en el Concurso se incorporen a un (1) fichero de datos titularidad de FUTEX 2015, S.L., pudiendo ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición mediante comunicación dirigida, en el plazo de treinta (30) días por correo postal, a FUTEX 2015, S.L. calle Alcalá, 73, 7ºA, 28009 Madrid, o por correo electrónico a la siguiente dirección: info@rr-socceragency.com . Si, en este plazo de tiempo, el participante no se pronuncia al respecto, se entenderá que acepta dicha incorporación. El participante debe facilitar información veraz relativa a sus datos personales y mantener estos datos debidamente actualizados, debiendo comunicar cualquier modificación que se produzca en los mismos por cualquiera de los canales anteriormente indicados. No obstante, se podrá revocar, en cualquier momento y sin carácter retroactivo, el consentimiento otorgado para la incorporación de sus datos personales al fichero anteriormente indicado, enviando una notificación por correo postal a la dirección anteriormente referida y / o por correo electrónico.
Los datos personales se tratarán confidencialmente y serán utilizados para la siguiente finalidad: gestionar su participación en el Concurso y permitir la identificación del mismo.
Queda también prohibida la inclusión y comunicación, por parte de los participantes, de contenidos que sean falsos o inexactos, o que pudieren inducir a error al resto de usuarios o al Organizador, en particular los contenidos que estuvieren protegidos por cualesquiera derechos de propiedad industrial o intelectual o fueren titularidad de terceras personas, cuando éstas no hubieren otorgado su expreso consentimiento, menoscaben la fama o mérito del Organizador, o fueren considerados casos de publicidad ilícita, engañosa o desleal o contuvieren virus u otros elementos informáticos que pudieran impedir el normal funcionamiento del Concurso.
9. Cesión de derechos
Los participantes consienten la publicación de su nombre, apellidos y “Nick” o nombre de usuario en la red social Twitter, y eventualmente su fotografía, imagen u otros contenidos que puedan afectar a su derecho a la propia imagen que pudieran de común acuerdo registrarse, como ganadores del Concurso o en otra condición relacionada con el mismo, así como en cualquiera de los canales de comunicación citados, sin que ello genere derechos a favor del participante de recibir contraprestación alguna.
Asimismo, prestan su conformidad para la publicación del material remitido por ellos mismos para tomar parte en el Concurso, cediendo al Organizador los derechos sobre los mismos. Esta cesión de derechos incluye los de reproducción, comunicación pública, distribución, puesta a disposición interactiva, edición, doblaje y subtitulado en orden a su reproducción por cualquier medio y formato, para todo el mundo y durante todo el tiempo de duración de los derechos de propiedad intelectual del material en el que se utilicen, sin que ello genere derechos a favor del participante de recibir contraprestación alguna.
10. Declaración del Organizador
FUTEX 2015, S.L., en su condición de Organizador del Concurso regido por las presentes bases legales, declara que conoce y cumple las “Directrices para concursos en Twitter” publicadas por los administradores de tal red social, y que la información facilitada por los participantes es exclusivamente gestionada por el mismo Organizador, sin ningún tipo de participación o responsabilidad por parte de Twitter, que en ningún caso organiza, promueve o mantiene relación alguna con el Concurso ni con el Organizador.
11. Aceptación de las bases
Con la participación en el Concurso, se entenderá que los participantes se someten íntegramente a las presentes bases y aceptan el resultado.
Asimismo, los participantes reconocen que ni el Organizador, ni sus directivos, representantes, empleados, patrocinadores, voluntarios, cualquier otra entidad o persona que actúe en su nombre (en el mayor grado admisible por la ley), ni Sergio Ramos ni las plataformas donde se publique el Concurso (Redes Sociales) pueden aceptar responsabilidad alguna por ningún perjuicio, daño, pérdida, lesión o decepción que sufra un participante con su intervención en el Concurso o como resultado de la aceptación de premio alguno, así como respecto de la pérdida o perjuicio, fuere por negligencia o cualquier otra causa, renunciando a todos sus derechos, en la medida permitida por la ley, en cuanto a presentar demanda o formular pleito alguno contra el propio Organizador. El participante reconoce y admite además que el Organizador no queda ni está de ninguna manera sujeto a confirmaciones, alegaciones, garantías, expresas o implícitas, de facto o por ley, relativas a la calidad, condición, aptitud o comerciabilidad de ningún aspecto del premio. Por lo que respecta a la renuncia y a la exoneración de responsabilidad y de indemnización expresadas anteriormente, el término “Organizador” incluye al propio Organizador, sus directivos, representantes, empleados, voluntarios, patrocinadores y cualquier otra entidad o persona que actúe en su nombre, así como al futbolista profesional Sergio Ramos.
Adicionalmente, el Organizador no se responsabilizará de los problemas o fallos técnicos de las redes sociales, sistemas informáticos en línea, servidores, proveedores, equipos informáticos, fallos de software de cualquier correo electrónico o entrada que se reciba debido a problemas técnicos o congestión de tráfico en Internet, líneas telefónicas o cualquier sitio web, o cualquier combinación de lo anterior, incluidos pero sin limitarse a ellos, los daños y perjuicios que reciba el ordenador o el dispositivo móvil (Smartphone, Tablet, etc.) de un participante o de cualquier otra persona, relacionados con la participación en el Concurso. Con su participación el Concurso, el participante acepta no reclamar nada relacionado con tales pérdidas, daños o perjuicios contra el Organizador, directivos, representantes, empleados, patrocinadores, voluntarios, cualquier otra entidad o persona que actúe en su nombre y/o a la plataforma donde se publique el Concurso (Redes Sociales), ni tampoco contra Sergio Ramos.
12. Legislación aplicable y fuero
El Concurso se rige por la legislación española en vigor.
Tanto los participantes como el Organizador aceptan que cualquier controversia que pudiera plantearse en cuanto a la aplicación o interpretación de este Concurso se someterá a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid.